Aplazamientos sin garantías hasta 50.000 euros
Previsiblemente a partir del día 15 de abril, se permitirá a empresas y autónomos aplazar o fraccionar deudas con Hacienda de hasta 50.000 euros sin necesidad de aportar aval o garantía.
En la actualidad dicho límite se encuentra establecido en 30.000 euros en la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre. El objetivo es actualizar dicho umbral para que sea más acorde a la realidad económica actual.
Aunque esta medida no es definitiva ya que todavía se encuentra en fase de tramitación, se prevé su entrada en vigor a partir del próximo día 15 de abril de 2023 sin efectos retroactivos.
Como siempre, los profesionales de RAICH & LÓPEZ ROYO están preparados para ofrecer a cualquier empresa un asesoramiento individualizado y de calidad al respecto. Asimismo, estaremos encantados de resolver cualquier duda.