Recientemente ha entrado en vigor la Ley 8/2021 que regula los derechos de las personas en situación de discapacidad.
Entre otras medidas, la nueva ley introduce nuevos criterios para preservar mejor los derechos de las personas con discapacidad promoviendo su plena inclusión en la sociedad.
Precisamente, la denominación tradicional “tutela” se sustituye por “apoyos”, un término menos estigmatizador y que abarca un amplio contenido en cuanto a la prestación de la ayuda necesaria que cada caso y situación concreta requiere.
En este sentido, destaca la importancia que esta nueva norma otorga a los deseos, preferencias y respeto de la personalidad de todas las personas cuya salud mental o física exige “medidas de apoyo” para el ejercicio de sus derechos.
En consecuencia, en adelante las personas designadas por la autoridad judicial (o en algunos casos mediante escritura pública) encargadas de proporcionar esas medidas de apoyo, deberán tener especial consideración a la voluntad, deseos y preferencias de las personas a quienes prestan ayuda.
Sin embargo, la aplicación del nuevo texto legal plantea una duda: ¿qué sucede con las personas que ya han sido incapacitadas en procesos anteriores a la entrada en vigor de la nueva ley?
Para abordar estas situaciones la propia ley prevé distintas disposiciones, de las que destacamos las siguientes conclusiones.
Las personas que se encuentren incapacitadas en cualquiera de las distintas modalidades que preveía la anterior norma, deben solicitar de la autoridad judicial la revisión de las medidas, es decir, revisar la incapacitación que fue acordada antes de que entrase en vigor el nuevo texto legal.
De no instar dicha revisión para adaptar las antiguas medidas a la nueva ley, se instará por la autoridad judicial de oficio o a petición del Ministerio Fiscal en un plazo máximo de tres años.
Por todo ello, desde Raich & López Royo recomendamos iniciar la revisión de las medidas adoptadas bajo la legislación anterior para poderlas adaptar cuanto antes a la nueva norma y propiciar así una mejor garantía de los derechos de las personas en situación de discapacidad.